
16 Abr El derecho de Acceso a la Justicia: camino a un instrumento iberoamericano

Investigador y presidente de ILSA. Integrante del Centro de Pensamiento Amazonias (CEPAM) Twitter: @Freddy_Ordonez
Al finalizar el 2024, se realizó en Santiago de Chile el Encuentro Regional Avanzando Hacia un Convenio Iberoamericano de Acceso a la Justicia, un espacio organizado por la COMJIB, PNUD y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Chile. El encuentro promovió el debate público entre ministros y delegados de ministerios de justicia de Iberoamérica, organismos internacionales, sociedad civil y academia, quienes intercambiaron alrededor del proyecto de instrumento regional, sobre el cual, como señalé en otra columna, se trabaja desde el 2021, y presenta una gran importancia por al menos tres razones, las cuales presento a continuación.
En primer lugar, el proyecto presenta el acceso a la justicia como un derecho que permite la garantía de otros derechos. Las conversaciones han llevado a definir el acceso a la justicia como el derecho a “conocer y ejercer sus derechos, y a contar con recursos y servicios de apoyo legal efectivos, así como instancias judiciales, administrativas e informales adecuadas para obtener resoluciones justas a sus necesidades jurídicas”, de acuerdo con los estándares de derechos humanos, siendo el titular de este derecho individuos y colectivos de personas. La definición y las estipulaciones en el articulado se salen del entendimiento limitado del acceso a la justicia como parte del debido proceso judicial, dan prevalencia al derecho sustancial y a la realización efectiva de derechos, a la obtención de soluciones justas, de fondo, de implementación pronta, cumplida y eficaz, va más allá del sistema judicial estatal, e incluye instancias administrativas y Otras justicias.
En segundo término, la propuesta de instrumento incluye el empoderamiento jurídico, definido como “la promoción del conocimiento y uso de los derechos, las leyes y el sistema jurídico por parte de las personas y comunidades a fin de encontrar soluciones jurídicas e institucionales idóneas para visibilizar y resolver sus necesidades jurídicas”. Se estipula que el empoderamiento debe verse favorecido por las medidas de información y educación en derechos que deben ser adoptadas por los Estados como parte de sus compromisos, esto es, entre otras, por las políticas públicas de formación en derechos y de divulgación del derecho de acceso a la justicia y los procedimientos para su efectividad. La finalidad de la educación legal es el posibilitar el accionar de las personas sobre los obstáculos y barreras que impiden el goce efectivo de derechos y la superación de la injusticia, a partir de lo que se tiene una educación legal orientada al empoderamiento jurídico, enfoque que, en una apropiación contrahegemónica y desde una práctica legal crítica, ha sido definido como “el esfuerzo por garantizar que las personas puedan conocer, usar y transformar el derecho para lograr justicia”, transformaciones que pueden incorporar cambios sistémicos. La importancia del empoderamiento jurídico se evidencia en investigaciones académicas publicadas recientemente y en su abordaje por la Relatora Especial sobre la independencia de magistrados y abogados, Margaret Satterthwaite.
Finalmente, como tercera razón, el articulado evidencia la necesidad de garantizar el derecho de acceso a la justicia para las personas vulnerables. El proyecto de Convenio presenta la centralidad en las personas como un principio de interpretación e implementación, al igual que lo son el enfoque de género, la interseccionalidad, la pluriculturalidad, la igualdad y no discriminación. Lo anterior, va de la mano con la identificación de personas y grupos en situación de vulnerabilidad como aquellos que, por razones físicas, socioeconómicas, culturales, entre otras, “encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico”. Para el caso nacional, la Corte Constitucional identificó en 2021 un total de 27 grupos de población vulnerable. Para ellos, con el Convenio, deberán adoptarse medidas eficaces y necesarias para garantizar el acceso igualitario a la justicia, así mismo, deberá formarse y sensibilizarse en derechos humanos a funcionarios y personas partícipe de la resolución de conflictos.
En Colombia, recientemente se tienen avances importantes en materia de acceso a la justicia, que profundizan y amplían lo establecido en la Carta Política y van en línea con los tres elementos reseñados del proyecto de Convenio Iberoamericano, como lo son la estipulación constitucional de la jurisdicción agraria y rural; el proyecto de ley (PL 416/25S) modificatorio del Código de la Infancia y Adolescencia, para incluir y profundizar mecanismos de justicias restaurativa y terapéutica en el sistema de responsabilidad penal para adolescentes; al igual que el proyecto normativo para establecer la coordinación y articulación entre la Jurisdicción Especial Indígena y el sistema judicial nacional (PL 287/24S), estos dos, iniciativa del actual Ministerio de Justicia y del Derecho.
Saludamos la estipulación de un instrumento iberoamericano sobre el derecho de acceso a la justicia centrado en las personas en situación de vulnerabilidad, quienes podrían tener en el Convenio una herramienta vinculante para la garantía de sus derechos, porque, como afirmamos desde la sociedad civil, solo es justicia si puedes acceder.
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