Los estudiantes como víctimas de las AUC en Justicia y Paz

Freddy Ordóñez Gómez

Investigador y presidente de ILSA. Integrante del Centro de Pensamiento Amazonias (CEPAM) Twitter: @Freddy_Ordonez

Freddy Ordóñez Gómez*

05 de Agosto de 2015

El 3 de diciembre del 2009, en el diario La Opinión, se reseñaba la diligencia de “confesión de hechos” de un grupo de exintegrantes de la estructura paramilitar del Frente Fronteras de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), entre los cuales se encontraba el excomandante de dicho frente, Carlos Andrés Palencia, alias Visaje[1]. En su declaración ante el fiscal 8 de la Unidad de Justicia y Paz, señaló que en la desaparición y muerte del estudiante de la Universidad Francisco de Paula Santander (UFPS) Gerson Gallardo Niño, ocurrida el 3 de abril del 2003, participó de manera activa Óscar Andrés Delgado Gil (alcalde de Chinácota, 2008-2011), quien acusó a la víctima, ante los comandantes paramilitares, de ser integrante de un grupo guerrillero.

Posteriormente, este crimen se incluyó –junto con el caso del también estudiante y profesor Edwin López Granados– dentro del grupo de hechos de los que son penalmente responsables los desmovilizados Lenin Geovanny Palma Bermúdez y Salvatore Mancuso[2], y que forman parte de la sentencia del 31 de octubre de 2014 de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en la que se condena a los comandantes del Bloque Catatumbo de las AUC por el accionar delictivo de esta estructura en Norte de Santander.    

Los hechos se destacan entre los miles de crímenes de los paramilitares en Justicia y Paz por ser de los pocos en los que se les responsabiliza por su accionar contra estudiantes universitarios.

El 3 de abril del 2003, Gerson Gallardo Niño fue víctima de desaparición forzada[3]; días después, el 13 de abril, un grupo de hombres armados sacaría de su casa a Edwin López Granados y se lo llevaría. El día 6 de junio del 2003 encontraron los cuerpos de los dos, con señales de tortura. A raíz de estos crímenes, un grupo de activistas estudiantiles y un profesor universitario optaron por irse del lugar. Sobre quiénes eran Gerson y Edwin he escrito con anterioridad[4], al igual que lo ha hecho el poeta Saúl Gómez Mantilla, compilador del hermoso trabajo Palabras como cuerpos. Antología poética en homenaje a Edwin López, Gerson Gallardo y Tirso Vélez, publicado 10 años después de los hechos.

Llama la atención en la sentencia reseñada la referencia a cómo el Frente Fronteras posicionaba personas en los centros universitarios de la ciudad (párrafos 754 y 755). Para el caso de la UFPS se señala a Giovanni Roa Molina, infiltrado que estudiaba Administración de Empresas y daba información a los paramilitares sobre los activistas estudiantiles. Quienes conocimos los hechos en la época en que ocurrieron sabemos que Roa Molina fue uno de los autores del crimen de Gerson y Edwin.

No queda duda de que este es un paso importante en materia de justicia transicional por crímenes contra estudiantes universitarios (siempre señalados infundadamente de guerrilleros o terroristas, pero nunca reconocidos como víctimas), pese a que el fallo presenta las carencias que se han visto en otras sentencias de Justicia y Paz (por ejemplo, pocas órdenes vinculantes)[5] y a que en el caso faltan elementos de justicia (no se presentaron órdenes sobre lo manifestado por el entonces postulado Visaje, ni se incluyó a alias El Iguano entre los responsables[6]), de verdad (información sobre los miembros de la fuerza pública que participaron por acción u omisión en los crímenes, indagación por la permisividad de la administración universitaria con los paramilitares) y de reparación (no se estipularon medidas de reparación simbólica en la UFPS). Además, el fallo carece de medidas de memoria histórica (la única establecida en la sentencia se orienta a la región del Catatumbo). A esta última y a la verdad histórica busca contribuir esta columna.

[1] Visaje abandonó Justicia y Paz en febrero del 2010 y estuvo prófugo de la justicia hasta noviembre del 2013, cuando las autoridades españolas lo capturaron en Madrid. Durante estos años dirigió el grupo Los Urabeños.

[2] Por acumulación de procesos, la sentencia presenta dos grupos de hechos: los de Lenin Geovanny Palma y los que guardan relación con Salvatore Mancuso y otros. El crimen de Gerson Gallardo y Edwin López se encuentra dentro del primer grupo. 

[3] La conducta por la que finalmente hallaron responsables a los comandantes paramilitares fue secuestro simple agravado. Lo cierto es que durante los dos meses de retención de Gerson Gallardo y de Edwin López las AUC no manifestaron tenerlos en su poder, por lo que, a nuestro entender, no se estaría ante el delito de secuestro, sino ante el de desaparición forzada.

[4] Véanse los artículos sobre el caso publicados en el portal http://www.prensarural.org.

[5] La falta de órdenes obligatorias en los fallos de Justicia y Paz, así como su inclinación hacia las exhortaciones, ha sido frecuente. Sobre esto véase Patrick Lefkaditis y Freddy Ordóñez, El derecho a la reparación integral en Justicia y Paz. El caso Mampuján, Las Brisas y veredas de San Cayetano. Bogotá: ILSA, 2014.

[6] El Iguano declaró en los medios, años después, que sus hombres capturaron y “dieron de baja” a los universitarios en Norte de Santander. Véase El canto del Iguano, en La Opinión, dic. 30/07.

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